El Polexit: La Supranacionalidad en la Postpandemia.

                

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Polexit: la Supranacionalidad en la postpandemia.

 

               3. ZIKLOA MUNDAKAKO ESKOLA : ALGUNOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA (UE)

         Prof. Dr. Carlos E. Daly Gimón

 

Desde hace varios meses que viene gestándose un conflicto de grandes proporciones entre las instituciones de la más alta jerarquía de la Unión Europea y uno de sus países miembros: Polonia. 

En el lenguaje periodístico se le ha bautizado, como corresponde a estos fenómenos de la política internacional, como el POLEXIT. Igual se habló, en su momento, del BREXIT cuando Inglaterra votó por la salida del proceso de integración europeo (2016), o, el GREXIT(2015), cuando estuvo planteada que Grecia abandonara la UE.

Varsovia es protagonista, en consecuencia, de una serie de decisiones que bien podrían concluir en una ruptura con Bruselas, con todo lo que ello implica para la dinámica del proyecto que aglutina a los más importantes naciones de europa.

Aunque no se ha ventilado bajo esta denominación, lo que está en juego es el Estado de Derecho de la UE, y, en particular la Supranacionalidad.

El punto esencial de esta controversia reside en que el Tribunal de Justicia de la UE ha ordenado desde agosto de 2021 al sistema jurídico polaco, encabezado por el Tribunal Constitucional de Polonia, que proceda a la eliminación de la Cámara Disciplinaria creada por la máxima instancia jurisdiccional de Polonia.

Y el gobierno polaco se ha negado a ello, alegando que el Derecho Constitucional de su país prevalece sobre el Derecho Comunitario, y que tiene que acatar las decisiones que a tal fin adopte.

Esto es, desde luego, inaceptable para la UE, pues pone en cuestión principios básicos, fundamentales, del sistema jurídico construido a partir del tratado de Roma en 1957.

Uno de esos postulados esenciales es el "Principio de la Primacía" que se creó desde la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea en 1963, y que significó: a) Que el derecho comunitario es autónomo con respecto a la legislación de cada Estado Miembro; b) Que los Estados se comprometieron a reconocer que ese derecho está por encima del concepto tradicional de soberanía, y que, por tanto, están las instituciones y los ciudadanos de los países miembros obligados a acatarlo.

Esto significa pura y simplemente que ninguna norma nacional puede impedir el cumplimiento de las normas comunitarias, de lo que se deriva que corresponde, exclusivamente, a los jueces y a los tribunales comunitarios la interpretación y la aplicación de las normas formuladas por las instituciones competentes de la UE.

Estos criterios tienen su sustento en los tratados de adhesión al proyecto comunitario europeo, lo que obliga a los Estados no sólo a acatarlos sino que tampoco pueden adoptar medidas que lo pongan en entredicho, lo que en fin de cuentas remite a aceptar y hacer viable los objetivos fundamentales del proceso europeísta.

Como siempre ocurre, detrás de estas diatribas internacionales existen intereses de dimensiones significativas.

Si lo examinamos en esa perspectiva podemos apreciar que Polonia es el país que más fondos de ayuda europea recibe, pues se estima que entre 2007 y 2020 Varsovia ha recibido más de 150.000 millones de euros, y está previsto que hasta 2027 siga recibiendo la asistencia financiera proveniente de la UE.

Estas cifras pueden parecer de implicaciones muy relativas, pero si las visualizamos desde la perspectiva de que esos Fondos Europeos representan más del 60% de la inversión pública de Polonia, nos damos cuenta de su importancia y los efectos que ello acarrea para la dinámica de la economía polaca.

Pero no se trata de un hecho económico exclusivamente, pues la mediciones más recientes del Eurobarómetro indican que más del 80% de los ciudadanos polacos votaría por permanecer en la UE, y que incluso, 55% tiene más confianza sobre este punto que las actuaciones de su propio gobierno.

Pero más allá de esas referencias, las autoridades de la UE no pueden quedarse con los brazos cruzados ante una arremetida contra el Estado de Derecho comunitario.

Ursula Van Der Leyen ha sido inusualmente categórica y terminante en cuanto a afirmaciones y rechazo del gobierno de Varsovia en dar respuesta a los requerimientos de Tribunal de Justicia de la UE y de otras instituciones comunitarias de Bruselas.

Este 27/10, se decidió aplicar una multa de 1.000.000 de euros por cada día que pase hasta que el Tribunal Constitucional de Polonia acate la decisión de retirar la Cámara Disciplinaria del Tribunal supremo de esa nación.

Es evidente que la severidad de la sanción se verá agravada a medida de que transcurran los días y no se cumpla con lo sentenciado.

Un segundo argumento está suspendido pero latente en este enfrentamiento: la eventualidad de la suspensión de los fondos para la recuperación de la postpandemia, que en el caso de polonia ronda los 27.000 millones de euros.

Como se ve, el conflicto pica y se extiende. Probalemente esté en juego un asunto de orden político desde Varsovia, pues el gobierno ultraderechista en el poder no solamente desconoce lo acordado sino que arremete contra recomendaciones formuladas desde Bruselas, como ha sido el caso de las manifiestas políticas homofóbicas y discriminatorias implementadas en Polonia y cuestionadas desde la UE.

Tendrá que darse una negociación en las semanas siguientes, pero, desde luego, no está claro de hasta dónde podrá tensarse la cuerda pues no es el mejor momento de la coyuntura internacional para que Bruselas enfrente la eventual salida de un país miembro aún cuando no sea uno de sus principales socioa. 

Habrá que ver que pasa en momentos en que todos los ojos están puestos en la recuperación de la postpandemia, y en sus difíciles consecuencias.

 
 
 
Prof. Dr. Carlos Eduardo Daly Gimón

 

 

  


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